Un nuevo criterio laboral publicado en el Semanario Judicial de la Federación establece que una demanda de reinstalación de un trabajador con muchos años de servicio no puede desvirtuarse con un acta notarial que da fe de un despido justificado.
El Poder Judicial emitió un nuevo criterio para casos en los que se desvirtué mediante un acta notarial una demanda de reinstalación promovida por un trabajador. Especialistas coinciden en que la resolución refuerza la estabilidad en el empleo para personas que tienen muchos años de antigüedad en una empresa.
El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito resolvió que en un juicio donde la persona tenga muchos años de servicio y argumente un despido injustificado, la demanda no puede desvirtuarse a través de un acta de hechos notariada.
“La Junta debe apartarse del resultado formal obtenido del acta de hechos levantada por un fedatario público y efectuar un juicio de verosimilitud, si advierte que el trabajador tenía muchos años de servicios con la empresa demandada y con aquélla pretende desvirtuarse el despido injustificado que éste aduce”, determinó el tribunal en el criterio publicado en el Semanario Judicial de la Federación.
Al tratarse de una tesis aislada, no tiene todavía el alcance de una jurisprudencia, pero sí sienta un precedente para nuevos casos. A decir de Diego García Saucedo, socio director de la firma García Vázquez Abogados, este criterio cobra mucha más relevancia en el nuevo sistema de justicia laboral.
“Este criterio nos está marcando una pauta importantísima: hay que olvidarse de contratar fedatarios privados para acreditar algo en caso de un proceso contencioso y más bien, reforzar las áreas de relaciones laborales, conseguir actas administrativas o investigaciones internas verdaderamente fehacientes, basándonos más en procesos internos. Marca congruencia con la reforma laboral porque los litigios van a tener que ser de mayor calidad. Ya no podemos hacer relaciones laborales como lo veníamos haciendo”, apuntó el especialista.
Mediante la resolución, el tribunal colegiado advirtió que en casos de trabajadores con mucha antigüedad, un acta notarial no es suficiente elemento para negar la reinstalación a la persona que argumenta un despido injustificado. En cambio, hay que tomar en cuenta otros aspectos, como la propia manifestación del empleado por conservar su puesto de trabajo.
“Sería contrario a la lógica que este tipo de empleados dejen de laborar de un día para otro, con los perjuicios que ello conlleva, como la pérdida de sus derechos laborales de reconocimiento a la antigüedad, el aumento de días de vacaciones que se otorga con base en los años de servicios, el pago de las primas de antigüedad y vacacional, cotizar en el seguro social para obtener una eventual pensión, etcétera; máxime, si con diverso medio de prueba se acredita la intención del trabajador de continuar con la relación laboral”, detalló el tribunal en su resolución.